La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2019/1937 y establece la obligación para entidades del sector público de disponer de un Sistema Interno de Información robusto, seguro e independiente.
La Empresa Municipal de la Vivienda de Ceuta, S.A. (EMVICESA) pone a disposición de empleados públicos, contratistas, proveedores y ciudadanía un canal confidencial y seguro para comunicar posibles irregularidades, infracciones legales o conductas contrarias a la normativa vigente.
Acceso a la Plataforma Externa del Canal
Canal Seguro de Información (Ley 2/2023)
Para remitir una comunicación confidencial o anónima, o realizar el seguimiento de un expediente ya iniciado, acceda a la plataforma securizada externa:
Acceder al Canal de Denuncias Seguro de EMVICESA (cumplimientoetico.es)
Principios y Garantías del Procedimiento
El funcionamiento del Canal de Denuncias de EMVICESA se rige por las siguientes garantías obligatorias:
- Confidencialidad Rigurosa:
- Se asegura el anonimato y la reserva absoluta de la identidad de las personas informantes, de las personas afectadas y de cualquier tercero mencionado en la comunicación.
- Posibilidad de Denuncia Anónima:
- La plataforma tecnológica permite el envío de informaciones y el intercambio de mensajes con el Responsable del Sistema sin necesidad de revelar datos identificativos personales.
- Garantía de Indemnidad y Protección frente a Represalias:
- Se prohíbe de forma expresa y tajante cualquier medida disciplinaria, despido, degradación, trato desfavorable o cualquier otra represalia contra las personas informantes de buena fe.
- Plazos Legales de Tramitación:
- Acuse de recibo: Se remitirá al informante en un plazo máximo de 7 días naturales siguientes a la recepción de la comunicación (salvo que sea anónima o comprometa la confidencialidad).
- Resolución de la investigación: La conclusión del expediente no superará los 3 meses a contar desde la recepción de la comunicación.
- Presunción de Inocencia y Derecho de Defensa:
- Se respeta escrupulosamente el derecho a la intimidad, a la presunción de inocencia y de contradicción de las personas afectadas en todas las fases de las actuaciones.
Ámbito Material: ¿Qué Hechos se Pueden Comunicar?
El canal está habilitado para poner en conocimiento de la entidad:
- Acciones u omisiones susceptibles de constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea.
- Infracciones penales o administrativas graves o muy graves del ordenamiento jurídico español.
- Actuaciones que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública o la Seguridad Social.
- Irregularidades en materia de contratación pública, subvenciones o adjudicación de promociones residenciales.
- Conflictos de interés, cohecho, tráfico de influencias o corrupción institucional.
Canales Alternativos de Comunicación
Conforme a la Ley 2/2023, la persona informante puede formular su comunicación:
- Vía telemática preferente: A través de la Plataforma Segura del Canal de Denuncias.
- Vía presencial: Solicitando una reunión confidencial con el Responsable del Sistema Interno de Información de EMVICESA (en el plazo máximo de 7 días hábiles tras la petición).
- Vía postal: Mediante envío por correo postal a la atención exclusiva y reservada del Responsable del Sistema Interno de Información de EMVICESA (Edificio Ceuta Center, Planta 2ª, C/ Ingenieros s/n, 51001 Ceuta), indicando expresamente en el sobre la mención "CONFIDENCIAL / RESERVADO - LEY 2/2023".
Normativa Complementaria
Para consultar el marco de valores, deberes deontológicos y compromisos de conducta corporativa de la empresa pública, puede acceder al Código de Conducta y Principios Éticos de EMVICESA.